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BOLETO DE ORNATO GUATEMALA YA NO SERÁ OBLIGATORIO PARA NINGÚN TRAMITE EN GUATEMALA

BOLETO DE ORNATO GUATEMALA YA NO SERÁ OBLIGATORIO PARA NINGÚN TRAMITE EN GUATEMALA. Ninguna municipalidad o entidad administrativa del país podrá exigir el Boleto De Ornato como requisito para hacer un trámite. Esto en virtud de fecha 29 de junio de 2021, del Expediente 1968-2020 de la Corte de Constitucionalidad (CC) en donde se declaró inconstitucional el inciso F del artículo 12 del decreto 121-96 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Arbitrio de ornato municipal. Por lo tanto, ya no es obligatorio presentar la constancia de pago del boleto de ornato en cualquier trámite administrativo o judicial. En caso contrario, pudiera incurrirse en discriminación al exigirlo.

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